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¿Los pueblos deciden?

Carmen Quintela

Pese a que el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo recoge el derecho de los pueblos indígenas de ser consultados sobre actividades extractivas en sus territorios, su aplicación es discrecional en Latinoamérica.

La Procuraduría de Derechos Humanos (PDH) de Guatemala registra 85 consultas comunitarias de 2005 a la fecha. Todas han sido organizadas por las propias comunidades y no por el Estado, como establece el Convenio 169. Ninguna de ellas ha sido vinculante y los proyectos continuaron. En otros países de Latinoamérica, los Tribunales han logrado que el Estado realice consultas a las comunidades. En Colombia, por ejemplo, hay tres casos emblemáticos de comunidades que fueron escuchadas y que dijeron “no” a dos proyectos petroleros y uno minero.

En Cumaral, Meta, se realizó recientemente una consulta popular para decidir si la empresa petrolera Mansarovar Energy debía ejecutar o no actividades de exploración sísmica, perforación, explotación y producción de hidrocarburos en la jurisdicción del municipio. La población se negó al proyecto. En 2013, en el municipio de Tauramena (Casanare) se vivió una situación similar. La comunidad votó en contra del proyecto Odisea Tres D de la empresa Ecopetrol. Y en Cajamarca (Tolima), se realizó en marzo de 2017 una consulta para conocer si las comunidades de la zona aprobaban un proyecto minero de oro a cielo abierto, ejecutado desde 2009 por la empresa AngloGold Ashanti. 97% de los votantes se negó.

Por su parte, el presidente de Colombia Juan Manuel Santos ha dicho que la consulta previa se convirtió en “un dolor de cabeza” y busca regularla a través de una ley específica.

En Perú se aprobó en agosto de 2011 la Ley de Consulta Previa, que permitió a los pueblos indígenas pronunciarse sobre proyectos extractivos. Allí se detallaba que las entidades estatales debían identificar a los pueblos que tenían derecho a la consulta.

Sin embargo, el gobierno ocultó durante años esta información. Solo cuando se conoció el listado, se supo que 63% de las comunidades que se encontraban en territorios quechua tenían derecho a la consulta, algo que el Estado había obviado al aprobar varios proyectos mineros sin su consentimiento. La plataforma de periodismo de investigación Ojo Público lo desveló en una investigación publicada en 2015.

En otros lugares, las comunidades continúan protestando para que se respete su derecho. En Ecuador, varias organizaciones indígenas y shuar denunciaron en marzo de este año la ausencia de consulta previa para la ejecución de los proyectos mineros Mirador y San Carlos Panantza, los primeros a cielo abierto que se desarrollan en la Amazonía sur del país. “Sabemos que no se ha respetado este derecho porque el pueblo shuar en un comienzo se pronunció en contra de la actividad minera en su territorio ancestral”, señaló uno de los dirigentes en su momento.

Costa Rica y la provincia argentina de Córdoba fueron más allá: aprobaron leyes para prohibir y limitar la minería. Costa Rica se convirtió en 2010 en el primer país de Latinoamérica en vetar la minería y el uso de sustancias tóxicas. En Córdoba se aprobó en 2008 una prohibir la explotación a cielo abierto. Grupos empresariales de esa región argentina trataron de tumbar la legislación, pero el Tribunal de Justicia puso fin a la discusión y ratificó la legitimidad de la ley en 2015.

En la mayoría de casos en la región, la consulta previa únicamente se produce después de que la población la solicita y cuando ya han iniciado las actividades exploratorias o extractivas. La otra parte de la discusión es si la consulta es o no vinculante.

El Convenio 169 habla de un diálogo “de buena fe” pero no se menciona la palabra “vinculante” en ningún artículo, y eso abre la puerta a que los gobiernos y el sector empresarial hagan su propia interpretación del texto. Mientras que la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas menciona que antes de aprobar cualquier proyecto que afecte el territorio de las comunidades, los Estados deben obtener su consentimiento libre e informado.

Aun así, en varios países de América Latina, no se han implementado las consultas de manera sistemática. Por ahora, el derecho pleno de los pueblos a decidir sobre sus territorios continúa siendo una utopía. El primer reto es lograr que los estados escuchen a sus comunidades, que establezcan mecanismos de consulta antes de aprobar licencias para cualquier proyecto extractivo. Lo segundo, el desafío más grande, conseguir que la respuesta a la pregunta se respete, y no quede en un mero trámite a cumplir.