Fabio Antunes do Nascimento
www.amerindiaenlared.org / 091117
El tema de la renovación
parroquial ha sido un tema muy recurrente en los últimos tiempos. Aparecida habló
de manera muy objetiva de ese tema y el papa Francisco ha insistido y apuntado
la urgencia de la renovación parroquial y la conversión pastoral.
El Plan de Emergencia de la
CNBB (1962) trató de ese tema, que generó varias experiencias en el período
post-concilio, pero sufrió un estancamiento en las últimas dos décadas.
Medellín y Puebla desarrollaron ese impulso dado por la nueva eclesiología de
la Iglesia como Pueblo de Dios que, en la experiencia de nuestro continente, apuntaba
a una Iglesia comunidad de pequeñas comunidades toda ministerial.
¿Por qué no avanzamos hacia
ese ideal de Iglesia?
El post Concilio es, porque
todavía estamos asimilando sus contenidos, uno de tiempo de asimilación y en
ese proceso siempre hay posiciones opuestas, interpretaciones diferentes y
tensiones.
En una lectura lineal de la
historia podemos decir que los primeros veinte años después del Concilio fueron
de un gran florecimiento de nuevas experiencias, nuevas comunidades de base,
nuevos ministerios y nuevas relaciones de poder en la Iglesia. Las décadas
siguientes marcaron un período de estancamiento y normalización de esas nuevas
experiencias.
Son muchos los aspectos que
podemos analizar para entender por qué, de manera objetiva y normativa, no
conseguimos concretar la nueva eclesiología apuntada por el magisterio
conciliar y la experiencia de las conferencias del episcopado latinoamericano y
del caribe.
Aquí sólo trataremos de
analizar el obstáculo que la figura del párroco representa en ese desafío de la
conversión pastoral. Por eso, vamos a indicar una intuición del concilio y de
las conferencias del episcopado que encuentra en la institución jurídica del
párroco.
Sinodalidad
Fue una de las aspiraciones
del Concilio que la Iglesia superara el modelo de gobierno centralizado para
dar lugar a un modelo sinodal. Y en la Iglesia universal se destacan los
sínodos de los obispos que se han convertido en una bella herramienta de
comunión y gobierno.
Muchas diócesis promueven y
viven esa experiencia en su caminata local. Con todo en su estructura más
elemental y próxima a la mayoría de los fieles que es la parroquia, ese modelo
no llegó. Especialmente por el ordenamiento jurídico del Código de Derecho
canónico, la parroquia tiene un modelo centrado en la figura del párroco. Él
tiene plenos poderes sobre la parroquia, tanto que algunas situaciones el
párroco más parece un obispo.
Muchos diagnósticos sobre la
parroquia apuntan al clericalismo como uno de los peores problemas, pero pocos
tenemos la percepción de que el ordenamiento jurídico de la Iglesia favorece
ese clericalismo.
El mismo código que otorga
los derechos y deberes del párroco prevé que es obligatorio que tenga un
consejo económico consultivo y también en carácter consultivo y facultativo el
consejo pastoral. Es decir, es a partir del ordenamiento jurídico de la Iglesia
que la figura del párroco, se impone como autoridad constituida sobre los demás
fieles.
Propuestas que podrían ayudar
a concretar la parroquia como comunidad de comunidades toda ministerial y
sinodal
Consejo
Pastoral Parroquial: Establecer como obligatorio y con poder de
decisión, no como consultivo, como institución de gobierno de la parroquia. Es
decir, en vez de una parroquia gobernada por una persona (el párroco), pasaría
a ser gobernada por un consejo de muchas personas, los representantes de las
diversas realidades eclesiales existentes en la parroquia.
Sería importante en ese
modelo entender que el sacerdote es un coordinador, miembro del consejo en la
misma condición que los demás miembros y que el Consejo económico está
subordinado al consejo pastoral y no al revés. Por lo tanto, lo administrativo
y económico está en función de la pastoral, de la evangelización y misión como
apuntó Puebla.
Consejo
económico: Debe
existir no sólo como consultivo, sino también deliberativo. Debe entender su
misión en función de la pastoral, que las estructuras materiales no son fines,
sino medios. Dar ejemplo de transparencia y gestión. Que también los medios
para recaudar, gestar y aplicar los recursos de la parroquia también deben
tener criterios evangélicos.
Que ninguna parroquia puede
pensar sólo en sí misma y debe estar abierta a socorrer a los pobres, a ayudar
a otras parroquias y realidades que las necesidades exijan.
Extinguir
a los párrocos: Es importante entender que estamos hablando de una institución
jurídica, párroco, no del ministro. Es decir, extinguir a los párrocos no es
extinguir a los sacerdotes.
Entiendo que para el
sacerdote ser el pastor, misionero, animador coordinador que tantos documentos
que tratan de la identidad y misión del presbítero piden, la extinción de la
institución del párroco puede favorecer ese proceso de conversión. Los
sacerdotes estarían más libres para lo específico del ministerio presbiteral y
no acumulando tantas funciones que otros ministros de la comunidad podrían
realizar.
Sueño que la Iglesia pueda
concretar en sus estructuras los principios eclesiológicos del Concilio. Creo
que necesitamos promover comunidades en un modelo de comunión y participación,
donde todos los bautizados son responsables de la misión. ¡Una iglesia en
salida, más pobre, siempre la misma Iglesia de Cristo!