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JEREMY BENTHAM: PANOPTISMO Y PIEDAD, LÍMITES Y PROMESAS DEL PROYECTO BENTHAMIANO


Por: Rev. Pbro. Manning Maxie Suárez +
Docente Universitario
Email: manningsuarez@gmail.com     
Orcid: https://orcid.org/0000-0003-2740-5748           
Google Académico:
https://scholar.google.es/citations?hl=es&pli=1&user=uDe1ZEsAAAAJ

Resumen

Este ensayo examina los aportes cardinales de Jeremy Bentham a la filosofía moral y política, con énfasis en la construcción del utilitarismo clásico, su programa de reforma legislativa y su método hedonista de evaluación normativa. Se reconstruyen su formación académica y su horizonte intelectual, se exponen sus tesis sobre el principio de la mayor felicidad, el cálculo del placer y del dolor, la universalidad e imparcialidad del punto de vista moral y la función de la legislación como ingeniería social. El trabajo contrasta las hipótesis psicológicas benthamianas —según las cuales la acción humana se orienta por la búsqueda del placer y la evitación del dolor— con objeciones contemporáneas, y valora su legado en ética normativa, economía del bienestar, derecho y políticas públicas. Se cierra con conclusiones prácticas para comunidades eclesiales del siglo XXI, destacando el diálogo prudencial entre caridad, justicia social y evaluación consecuencial de impactos. (Crimmins, 2017, 1; Bentham, 1789/2000, 2; Dinwiddy, 1989, 3)

Palabras claves: Utilitarismo; mayor felicidad; cálculo hedonista; reforma legislativa; bienestar; imparcialidad; ética normativa; políticas públicas.

Abstract

This essay surveys Jeremy Bentham’s major contributions to moral and political philosophy, focusing on classical utilitarianism, legislative reform, and the hedonistic calculus. It situates Bentham’s academic and intellectual formation, expounds his theses on the principle of the greatest happiness, the calculus of pleasures and pains, the universal and impartial moral point of view, and law as social engineering. It evaluates Bentham’s psychological hedonism against contemporary objections and assesses his impact on normative ethics, welfare economics, law, and public policy. The essay concludes with practical recommendations for twenty-first-century ecclesial communities regarding the prudent integration of charity, social justice, and outcome-sensitive reasoning.

Keywords: Utilitarianism; greatest happiness; hedonic calculus; legislation; welfare; impartiality; normative ethics; public policy.

Metodología

Se realizó una revisión bibliográfica selectiva de fuentes académicas indexadas (Scopus, Dialnet, Latindex, Google Académico), privilegiando ediciones críticas y estudios monográficos.

Se implementó un análisis exegético de textos primarios (principalmente An Introduction to the Principles of Morals and Legislation) y contraste con intérpretes.

La evaluación aplicada fue la crítica comparada, articulando argumentos a favor y en contra del psicologismo hedonista y del consecuencialismo actitudes.

Se aplicó una normativa de las derivaciones e implicaciones prácticas para comunidades eclesiales y civiles.

Objetivo general

Analizar sistemáticamente los aportes de Jeremy Bentham a la ética y la filosofía política, clarificando su vigencia y límites para la teoría moral contemporánea y para la praxis social de comunidades de fe.

Objetivos específicos

1.    Describir la formación académica, filosófica y política de Bentham.

2.    Exponer sus tesis centrales: utilitarismo, principio de la mayor felicidad, cálculo hedonista, universalidad e imparcialidad, y programa de reforma legislativa.

3.    Examinar críticamente su hipótesis psicológica del placer y el dolor.

4.    Evaluar la influencia benthamiana en ética normativa, economía del bienestar, derecho y políticas públicas.

5.    Proponer orientaciones prácticas para la vida eclesial del siglo XXI.

Contenido

¿Quién fue Jeremy Bentham? (1748–1832).

Fue jurista y filósofo inglés, pionero del utilitarismo, movimiento que redefine la normatividad moral y legal a partir del criterio del bienestar social agregado.

Polímata precoz, ingresó en Queen’s College, Oxford, a los doce años y fue llamado al Colegio de Abogados de Lincoln’s Inn, aunque orientó su vida a la teoría del derecho y a la reforma institucional.

Escribió sobre codificación legal, prisiones (el Panopticon), administración pública, libertad de prensa y sufragio, proponiendo una democratización gradual y el desmontaje de privilegios corporativos.

Su círculo londinense influyó decisivamente en economistas (James Mill), reformadores legales y administradores coloniales. (Crimmins, 2017).1; Cf. (Dinwiddy, 1989).3

Su Formación académica, filosófica y política

En lo Académico: Oxford le ofreció una sólida base clásica, pero Bentham fue autodidacta radical; estudió derecho civil y common law, química y economía política. La decepción con el formalismo jurídico consuetudinario catalizó su proyecto de codificación racional. (Dinwiddy, 1989).3

En lo Filosófico: heredó la psicología asociacionista británica (Hume, Hartley) y la releyó en clave hedonista; asumió el empirismo metodológico y desconfió de entidades morales abstractas (como “derechos naturales”), llamándolas “nonsense upon stilts”. (Bentham, 1843/1962).5

En lo Político: utilitarismo legislativo, secular y laico; reforma constitucional (sufragio más amplio, voto secreto), libertad de prensa, transparencia administrativa, separación de poderes funcional a la maximización del bienestar. (Rosen, 2003).4; Cf. (Dinwiddy, 1989).3

Su Posturas filosóficas fundamentales

3.1. El utilitarismo

Bentham formula el utilitarismo como principio soberano según el cual la rectitud de las acciones, reglas e instituciones depende de su tendencia a promover la mayor felicidad del mayor número, entendida como saldo neto de placer sobre dolor.

Su utilitarismo es agregativo, cuantitativo y secular: los bienes son conmensurables por referencia a experiencias de placer y sufrimiento. (Bentham, 1789/2000).2; Cf. (Rosen, 2003).4

Bentham concibe el utilitarismo como una técnica pública de decisión antes que como una intuición moral privada: exige traducir fines difusos en comparaciones explícitas de consecuencias mediante el cálculo felicífico y la publicidad de razones, de modo que cualquier regla o institución pueda ser auditada por su contribución al bienestar agregado.

Su agregativismo supone que placeres y dolores, aunque heterogéneos, son conmensurables a través de dimensiones como intensidad y duración, lo que habilita jerarquizar políticas según su rendimiento social neto; su cuantitativismo rechaza jerarquías axiológicas “de calidad” no verificables, defendiendo que toda preferencia pesa en tanto afecte estados de placer/sufrimiento; y su laicidad metodológica prescinde de fundamentos teológicos o derechos naturales prepolíticos, remitiendo la validez normativa a efectos empíricos en seres sintientes.

De ahí se deducen rasgos institucionales: codificación clara para alinear incentivos, proporcionalidad de sanciones por su capacidad disuasoria y rehabilitadora, y diseño de políticas bajo reglas generales que minimicen arbitrariedad.

Las objeciones clásicas —medición imperfecta, comparabilidad interpersonal, posibles sacrificios de minorías— son enfrentadas, en la tradición utilitarista, con estrategias de segundo orden: incorporar derechos como reglas de utilidad a largo plazo, umbrales de protección, y procedimientos participativos que mejoren la información sobre preferencias y sufrimientos efectivos, manteniendo la brújula consecuencial de reducir daños y ampliar oportunidades de bienestar para todos. (Bentham, 1789/2000).2; Cf. (Rosen, 2003).4

3.2. Sobre sus Principios de la moral y la legislación (1789).

En su obra mayor, Bentham establece la arquitectura de una ciencia práctica que unifica ética privada, ética pública y jurisprudencia.

El texto distingue:

(a) fundamentos psicológicos;

(b) un cálculo para medir consecuencias;

(c) un catálogo de sanciones (físicas, políticas, morales, religiosas); y

(d) la articulación entre deber y utilidad, donde el derecho es instrumento para alinear intereses individuales con el interés general. (Bentham, 1789/2000).2

3.3. Sobre el cálculo del placer y del dolor.

Bentham propone un “cálculo felicífico” basado en dimensiones como intensidad, duración, certeza, proximidad, fecundidad, pureza y extensión. En principio, este cálculo guía al legislador y, con prudencia, al agente moral.

El método introduce una métrica comparativa para diseñar sanciones y recompensas, estabilizar expectativas y reducir arbitrariedades del juez.

Sus críticos señalan límites de la mensuración y problemas de comparabilidad interpersonal, pero su núcleo inspira la economía del bienestar y el análisis costo-beneficio. (Bentham, 1789/2000).2; Cf. (Rosen, 2003).4

Más allá del inventario de “circunstancias” del placer y del dolor, el cálculo felicífico aspira a operacionalizar decisiones en contextos reales incorporando tres movimientos: primero, desagrega consecuencias directas e indirectas en horizontes temporales distintos (proximidad y fecundidad), evitando sesgos de corto plazo; segundo, pondera riesgos y grados de incertidumbre (certeza/pureza) mediante estimaciones probabilísticas que permiten comparar políticas bajo escenarios, prefigurando el análisis costobeneficio; tercero, incorpora la “extensión” como regla de imparcialidad, exigiendo contar igualmente a todos los afectados y haciendo visible el impacto sobre minorías dispersas que suelen quedar fuera del juicio intuitivo.

En la práctica, Bentham sugiere escalas ordinales y reglas de decisión aproximadas cuando la cuantificación cardinal es inviable, así como la publicidad de las razones para sujetar el cálculo al escrutinio colectivo, reduciendo la discrecionalidad judicial y legislativa.

Aunque persisten problemas de comparabilidad interpersonal y de agregación de bienes heterogéneos, la respuesta utilitarista consiste en usar indicadores múltiples (salud, ingreso, dolor autoreportado) y pruebas de robustez, e incorporar derechos y garantías como restricciones de primer orden que, por su utilidad a largo plazo, limitan sacrificios locales en aras del total, orientando el diseño institucional hacia reducciones sostenidas de sufrimiento evitable. (Bentham, 1789/2000).2; Cf. (Rosen, 2003).4

3.4. Sobre el Principio de la mayor felicidad.

El criterio supremo exige imparcialidad: cada persona cuenta por una, y nadie por más de una. Esta cláusula niveladora enfatiza la simetría moral y rechaza privilegios de casta, estamento o credo.

También justifica reformas distributivas y políticas públicas orientadas a la reducción del sufrimiento evitable. (Bentham, 1789/2000).2; Cf. (Crimmins, 2017).1

El principio de la mayor felicidad no solo impone una suma imparcial de beneficios y cargas; también prescribe un punto de vista público que obliga a integrar tres exigencias: prioridad al sufrimiento más intenso y evitable (por su mayor peso marginal en el saldo de utilidad), igualdad de consideración sin importar identidad o estatus, y temporalidad extendida para capturar efectos de segunda y tercera ronda en el bienestar colectivo.

Esta tríada convierte al principio en una norma de diseño institucional: exige reglas generales y transparentes, mecanismos de participación que revelen preferencias y padecimientos invisibilizados, y métricas distributivas sensibles a la disminución del dolor grave antes que a incrementos triviales de placer.

En clave legislativa, la mayor felicidad funge como test de proporcionalidad y no dominación: una política es preferible si reduce la suma ponderada de daños, especialmente entre los peor situados, y lo hace sin instaurar privilegios estructurales.

Así, lejos de un mero agregado numérico, la imparcialidad benthamiana articula una ética del reconocimiento simétrico que, en la práctica, demanda desprivilegiar a grupos hegemónicos cuando ello disminuye sufrimientos netos y expande capacidades de vida para todos. (Bentham, 1789/2000).2; Cf. (Crimmins, 2017).1

3.5. Sobre el tema de la Universalidad e imparcialidad.

La “universalidad” en Bentham refiere a la extensión de la consideración moral a todos los afectados, sin sesgos de rango, procedencia o adscripción religiosa; la “neutralidad” se traduce en reglas generales y públicas, testables empíricamente por sus consecuencias. De ahí su crítica al derecho natural abstracto en favor de garantías positivas articuladas en códigos.

Más allá de la crítica a los “derechos naturales” como retórica vacía, la universalidad e imparcialidad benthamianas constituyen un método de gobierno de la razón práctica: toda reclamación normativa debe formularse como regla generalizable, abierta al escrutinio público, y justificable por sus efectos sobre cualquier sujeto capaz de placer y dolor, incluidos —en línea con intuiciones protoanimalistas— los animales no humanos cuando su sufrimiento es relevante.

Esta neutralidad exige despersonalizar la decisión: el legislador no pondera identidades, sino estados de bienestar comparables bajo criterios explícitos; y la universalidad obliga a evitar excepciones ad hoc que reinstalen privilegios.

Por eso Bentham prefiere garantías positivas codificadas —derechos como dispositivos institucionales que, por su utilidad sostenida, limitan el poder y reducen daños— frente a apelaciones metafísicas: al ser precisas y auditables, dichas garantías permiten medir cumplimiento, ajustar políticas y corregir sesgos de clase, religión o nación.

En suma, la universalidad no es un eslogan igualitarista, sino una arquitectura de reglas públicas que maximiza previsibilidad y controla la arbitrariedad, anclando la legitimidad en consecuencias verificables y no en fundamentos teológicos o tradicionales. (Bentham, 1843/1962).5; Cf. (Dinwiddy, 1989).3

3.6. En el tema de la Reforma social y la legislación.

La legislación es ingeniería social: su tarea es maximizar el bienestar social mediante incentivos, sanciones y provisiones institucionales.

Bentham promueve: codificación penal proporcional, prisiones orientadas a la disuasión y reforma, transparencia gubernamental, libertad de prensa, ampliación del sufragio, racionalización administrativa y evaluación de políticas por resultados.

Aunque su Panopticon suscita debates sobre vigilancia, su intención fue reducir sufrimientos y costos sociales.

Para Bentham, reformar es traducir el principio de utilidad en arquitectura institucional verificable: de ahí su insistencia en la codificación exhaustiva —para reemplazar el casuismo del Common law por reglas claras y previsibles—, en la proporcionalidad de penas calibradas por su capacidad marginal de disuasión, y en dispositivos de control público como la publicidad de los actos de gobierno y el escrutinio de la prensa, concebidos como “sanciones morales” que alinean intereses privados con el interés general.

El Panopticon, más que un elogio de la vigilancia por sí misma, buscaba un diseño de supervisión de bajo costo que hiciera probable la detección de incumplimientos y, por tanto, redujera la severidad necesaria de los castigos, priorizando la reforma del infractor y la eficiencia social; en términos modernos, anticipa incentivos compatibles y evaluación ex ante/ex post de políticas mediante indicadores de reducción de daño.

En el plano constitucional, su defensa del sufragio más amplio y del voto secreto pretendía minimizar la captura oligárquica y la corrupción, mientras que su propuesta de administración racionalizada y salarios adecuados para funcionarios apuntaba a reducir rentas y “oficinas sine cura”.

Este programa integra una ética pública de consecuencias con garantías positivas y mecanismos de transparencia que, combinados, buscan institucionalizar la imparcialidad y contener la arbitrariedad, haciendo de la ley un instrumento continuo de mejora del bienestar colectivo. (Dinwiddy, 1989).3; (Rosen, 2003).4

Sobre la motivación humana: placer y dolor

La hipótesis central: “la naturaleza ha puesto a la humanidad bajo el gobierno de dos soberanos: el dolor y el placer”, sostiene un psicologismo hedonista descriptivo y un fundamento normativo: lo deseable es lo que, al maximizarlo, reduce sufrimiento y aumenta bienestar.

Críticos deontologistas y perfeccionistas objetan que esta psicología simplifica motivaciones como deber, virtud o amor gratuito. Respuestas utilitaristas distinguen entre motivos próximos y consecuencias: el amor y el deber tienen valor instrumental y, a menudo, intrínseco porque producen estados valiosos y prácticas confiables.

La madurez del utilitarismo posterior (por ejemplo, reglas, bienes superiores) matiza la linealidad hedonista, pero conserva la brújula consecuencial: evaluar por impactos en vidas sentientes.

La tesis hedonista de Bentham combina una descripción motivacional y un criterio axiológico, pero admite sofisticaciones que evitan el reduccionismo: primero, distingue entre “fuentes” del placer/dolor (físicas, morales, políticas, religiosas) y reconoce que prácticas como el cumplimiento del deber, la veracidad o la caridad generan placeres de segunda orden —estabilidad, confianza, autorrespeto— cuya fecundidad supera gratificaciones inmediatas; segundo, introduce la noción de hábitos y expectativas sociales como estructuras que median los motivos, de modo que educar deseos y moldear instituciones altera el paisaje motivacional y hace más probable la cooperación virtuosa; tercero, explica la aparente “no hedonicidad” de actos sacrificiales mostrando que, en horizonte extendido, reducen sufrimientos agregados y producen satisfacciones profundas ligadas a identidades y vínculos, por lo que su valor no es meramente instrumental sino constitutivo del bienestar humano.

Así, el hedonismo benthamiano no niega la realidad de motivos como deber o amor, sino que los integra como contenidos estables de una vida buena y como reglas de utilidad a largo plazo, compatibles con salvaguardas de derechos y con una evaluación pública de consecuencias que centre la protección de seres sentientes frente al daño evitable. (Bentham, 1789/2000).2; Cf. (Rosen, 2003).4

Su Impacto en ética y filosofía moral contemporánea

Citaremos 4 temas que a nuestro criterio impactaron las teorías de J. Bentham:

1. En la Ética normativa: Bentham fija el arquetipo del consecuencialismo; su legado se proyecta en variantes de utilitarismo de acto y de regla, y en teorías de bienestar subjetivo y preferencial.

El impacto de Bentham en la ética normativa radica en haber cristalizado el consecuencialismo como familia de teorías que evalúan la corrección moral por resultados agregados, ofreciendo un criterio operativo —la utilidad— y un método —el cálculo felicífico— que podían guiar tanto la elección individual como el diseño institucional; esta arquitectura conceptual permitió, primero, el desarrollo del utilitarismo de acto, que juzga caso por caso según el mejor saldo de bienestar, y, luego, la transición al utilitarismo de regla, que justifica reglas estables cuando su seguimiento general produce mejores consecuencias a largo plazo al reducir errores, sesgos y costos de deliberación.

A la vez, su hedonismo cuantitativo abrió la senda para teorías del bienestar más finas: el utilitarismo de preferencias, que sustituye el placer por la satisfacción informada de deseos, y los enfoques subjetivos contemporáneos que emplean medidas autoreportadas de bienestar y “preferencias reveladas” para fundamentar juicios normativos sin recurrir a bienes objetivos controvertidos.

En conjunto, estas derivaciones muestran que el marco benthamiano no es un dogma estático, sino un programa de investigación normativo que ha generado criterios de decisión, restricciones institucionales y métricas evaluativas hoy centrales en la filosofía moral aplicada y en la evaluación de políticas públicas. (Rosen, 2003).4

2. En la Economía del bienestar y políticas públicas: la idea de agregación y comparabilidad inspiró el análisis costo-beneficio, la economía de la felicidad y métricas de utilidad, aunque los avances axiológicos (Arrow, Sen) señalan límites de agregación consistente.

La huella benthamiana en la economía del bienestar es doble: metodológica y metrológica.

Metodológicamente, su idea de sumar placeres y dolores bajo criterios explícitos anticipa el análisis costobeneficio moderno, que convierte efectos multidimensionales en una métrica común (utilidad monetizada o índices de bienestar) para comparar proyectos y políticas; metrológicamente, su conmensurabilidad hedonista inspira tanto las funciones de bienestar social como los indicadores subjetivos de felicidad y dolor autoreportado, hoy usados en evaluaciones ex ante y ex post.

Sin embargo, los teoremas de imposibilidad de Arrow y las críticas de Sen muestran límites estructurales: no existe una regla de agregación que, respetando desiderata básicos (no dictadura, Pareto, independencia de alternativas irrelevantes), traduzca preferencias individuales en un orden social sin pérdida normativa; además, el bienestar no se reduce a utilidad cardinal: importa la distribución, las capacidades reales y los derechos, lo que obliga a incorporar pesos distributivos, umbrales y restricciones de procedimiento.

En la práctica, la herencia benthamiana se mantiene mediante funciones de bienestar con aversión a la desigualdad, análisis de sensibilidad, paneles de indicadores (salud, capacidad, satisfacción vital) y test de proporcionalidad que equilibran eficiencia con equidad y derechos, preservando el ideal de decisión pública orientada a la reducción del sufrimiento evitable bajo transparencia y rendición de cuentas. (Rosen, 2003).4

3. En la Filosofía del derecho: impulso a la codificación, legalidad, publicidad de las normas y proporcionalidad penal; germen del positivismo jurídico analítico.

El proyecto jurídico de Bentham inaugura una racionalidad legal orientada por fines públicos y reglas claras: su crítica al Common law como “doglaw” denunció la imprevisibilidad y el poder discrecional de jueces, proponiendo en su lugar la codificación exhaustiva para asegurar legalidad, publicidad y accesibilidad de las normas; esta arquitectura reduce costos de cumplimiento, limita arbitrariedades y alinea expectativas, condiciones necesarias para evaluar consecuencias y maximizar bienestar.

En materia penal, defendió la proporcionalidad de las penas según su eficacia marginal disuasoria, oponiéndose tanto a la crueldad inútil como a la indulgencia ineficaz, y articuló un sistema de sanciones graduadas (físicas, morales, políticas, religiosas) subordinadas a la utilidad social.

Estas tesis, junto con su rechazo a fundamentos metafísicos (derechos naturales) en favor de garantías positivas y su insistencia en la separación entre lo que es derecho y lo que debería serlo, constituyen el humus del positivismo jurídico analítico que florecerá en el siglo XIX (influenciando a Austin y, más tarde, a Hart): una teoría del derecho que distingue validez de mérito y que evalúa el sistema jurídico por su capacidad institucional de promover fines colectivos bajo reglas generales y públicas. (Dinwiddy, 1989). 3

4. En la Bioética y expansión moral: el criterio de sufrimiento sustentó la consideración moral de animales no humanos y agendas de reducción de daños.

La célebre pregunta de Bentham —“La cuestión no es, ¿pueden razonar?, ni ¿pueden hablar?, sino ¿pueden sufrir?”— desplaza el umbral de la consideración moral desde la racionalidad a la capacidad de sentir dolor, abriendo la puerta a una comunidad moral ampliada que incluye a los animales no humanos y a cualquier ser sentiente; esta intuición sentocéntrica, aunque embrionaria en su obra, prefigura debates contemporáneos en bioética sobre bienestar animal, experimentación, alimentación y conservación, y nutre programas de “reducción de daños” que priorizan disminuir sufrimientos evitables por sobre la persecución de ideales perfectistas.

En clínica y salud pública, el marco utilitarista justifica políticas de minimización de riesgos (p. ej., intercambio de jeringas, tratamientos sustitutivos, cuidados paliativos) y evaluación de intervenciones por su efecto neto en calidad y cantidad de vida, integrando métricas como AVAC/AVAD y reportes de dolor y bienestar subjetivo.

En el plano normativo, esta expansión moral cuestiona fronteras rígidas de estatus y respalda umbrales de protección para sujetos vulnerables (niños, discapacitados, pacientes no competentes), mientras que, en el ámbito de la investigación, impulsa principios 3R (reemplazar, reducir, refinar) y escrutinios éticos basados en balance de beneficios y daños.

Así, el legado benthamiano contribuye a una bioética pragmática, compasiva y comparativa, que somete prácticas a la prueba pública de sus consecuencias sobre el sufrimiento y el bienestar de todos los seres capaces de sentir. (Crimmins, 2017).1

Consideraciones críticas y síntesis

Ventajas: claridad metódica, orientaciones verificables, sensibilidad a resultados, antielitismo moral. Límites: medición imperfecta de bienes, riesgos de sacrificar derechos en escenarios extremos, problemas de justicia distributiva y de integridad personal.

Una lectura equilibrada integra salvaguardas institucionales (derechos como reglas de utilidad a largo plazo), umbrales de respeto y procedimientos deliberativos que internalicen externalidades morales.

Una evaluación sobria del legado benthamiano reconoce que su fuerza reside en convertir la moral en un programa público de razón práctica—con criterios, métricas y rendición de cuentas—, pero que su aplicabilidad responsable exige “constitucionalizar” la utilidad con límites y procedimientos.

Por un lado, la claridad metódica, la verificabilidad y el anti-elitismo corrigen sesgos intuicionistas y privilegios; por otro, la agregación desnuda puede colisionar con derechos y con la equidad cuando beneficios pequeños y dispersos para mayorías derrotan daños graves a minorías, o cuando la maximización erosiona compromisos de integridad personal.

La síntesis razonable consiste en incorporar salvaguardas institucionales: derechos y libertades básicas como reglas de utilidad a largo plazo que operan como restricciones de primer orden; umbrales de respeto que prohíben ciertos sacrificios, aunque aumenten el saldo local de bienestar; y procedimientos deliberativos que amplían la información sobre sufrimientos, revelan externalidades morales y legitiman la decisión colectiva.

Complementariamente, funciones de bienestar con aversión a la desigualdad, análisis de sensibilidad y evaluaciones ex ante/ex post permite reconciliar la brújula consecuencial con exigencias distributivas y de dignidad, preservando la orientación a resultados sin renunciar a garantías que sostienen la confianza social y la cooperación en el tiempo. (Rosen, 2003).4; Cf. (Bentham, 1789/2000).2

Conclusiones prácticas para la vida de las personas en la Iglesia del siglo XXI

a)    Discernimiento por consecuencias: además del deber evangélico, evaluar impactos concretos de acciones pastorales y caritativas en términos de alivio del sufrimiento y promoción del bienestar integral.

b)    Imparcialidad activa: “cada persona cuenta por una” sugiere priorizar a los más vulnerables en la distribución de tiempo, recursos y cuidado, con criterios públicos y auditables.

c)    Transparencia y rendición de cuentas: publicar objetivos, métricas y resultados de proyectos sociales; aprender de la evidencia y corregir rumbos.

d)    Reducción de daños: en contextos complejos (adicciones, pobreza urbana, migraciones), privilegiar políticas que minimicen sufrimientos evitables, aun si no alcanzan el ideal perfecto inmediato.

e)    Dignidad y límites: combinar la brújula del bien común con salvaguardas de derechos fundamentales, evitando instrumentalizar a personas por fines mayores. (Rosen, 2003).4; Cf. (Dinwiddy, 1989).3

Referencias bibliográficas

1. Crimmins, J. E. (2017). Jeremy Bentham. In E. N. Zalta (Ed.), The Stanford Encyclopedia of Philosophy (Fall 2017 ed.). Metaphysics Research Lab, Stanford University. https://plato.stanford.edu/entries/bentham/ (pp. 1–35).

2. Bentham, J. (2000). An Introduction to the Principles of Morals and Legislation (J. H. Burns & H. L. A. Hart, Eds.; authoritative 1789 text). Oxford University Press. (pp. 1–120).

3. Dinwiddy, J. R. (1989). Bentham. Oxford University Press. (pp. 3–25; 95–132).

4. Rosen, F. (2003). Classical Utilitarianism from Hume to Mill. Routledge. (pp. 45–84; 121–168).

5. Bentham, J. (1962). Anarchical Fallacies; being an examination of the Declaration of Rights. In The Works of Jeremy Bentham (Vol. 2, pp. 489–534). Russell & Russell. (Original work published 1843).